Servicios para promotores Malaga, documentación de viviendas nuevas en RegenteHomes
Servicios para promotores Malaga, documentación de viviendas nuevas en RegenteHomes
Servicios inmobiliarios para Promotores
Documentación de viviendas nuevas en su 1ª transmisión, en RegenteHomes
‘‘Con el elevado numero de proyectos en el mercado, la calidad de la información proporcionada sobre cada vivienda, es uno de los atributos más apreciados por el comprador interesado en adquirirla.’’
Documentación para la comercialización de
Viviendas Construidas en su 1ª Transmisión.
(1)Documento con nombre o razón social, domicilio y, en su caso, los datos de la inscripción en el Registro Mercantil del promotor y de cualquier persona física o jurídica que actúe como intermediario profesional en la venta.
(2)Documento con datos identificativos del proyectista y, en caso de estar ya determinados, del director de obra y la empresa constructora.
(3)Plano general a escala del emplazamiento de la finca y de cada vivienda; y plano de planta de amueblamiento e instalaciones acotado de cada vivienda y de los anejos adscritos a la misma, a escala mínima 1:100.
(4)Documento con la superficie útil de cada vivienda y sus anejos.
(5)Documento con descripción de la vivienda y de sus anejos, así como de sus redes eléctricas, de agua, saneamiento, gas, térmica, electromecánicas y de telecomunicaciones, y de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios, con el grado de definición determinado en la normativa vigente en materia de vivienda.
(6)Documento con descripción general del edificio o urbanización en la que se encuentra la vivienda, de las zonas comunes y de los servicios accesorios, con el grado de definición determinado en la normativa vigente en materia de vivienda.
(7)Documento con referencia que permita conocer de forma concreta, precisa y objetiva, con el grado de concreción determinado por la normativa vigente en materia de vivienda, la calidad y los sistemas de puesta en obra de los materiales de construcción, de las unidades de obra y de las instalaciones de los servicios de todo tipo, tanto individuales como comunitarios.
(8)Documento con precio de venta de la vivienda, siendo este el que debe abonarse como pago de la vivienda y que no incluye el de los anejos, salvo que no sea posible adquirir la vivienda sin éstos. Precio de los anejos si se venden por separado. Información detallada sobre todo tipo de tributos o gastos de carácter general que gravan o se ocasionen como consecuencia de la compraventa y que deba pagar el comprador.
(9)Nota explicativa sobre las formas de pago que incluya: Precio de venta de la vivienda, así como de sus anejos y servicios accesorios, indicando los tributos y otros gastos así como la forma de pago. En el caso de preverse aplazamientos del precio, el tipo de interés aplicable y la TAE mediante un ejemplo representativo, las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses, la fecha de vencimiento de unos y otros, el plazo, los medios de pago admisibles y las garantías que deberá constituir el consumidor por las cantidades aplazadas. En el caso de preverse la posibilidad por parte del consumidor de subrogarse en alguna operación de crédito no concertada por él, con garantía real sobre la propia vivienda, se indicará el notario autorizante de la correspondiente escritura, su fecha, los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad, la responsabilidad hipotecaria que corresponde a su vivienda y las condiciones del crédito. Si el tipo de interés es fijo o variable; en este último supuesto, el índice de referencia y el margen; el número de cuotas anuales; las fechas de vencimiento y cantidades; el plazo de amortización; y las comisiones por subrogación y amortización anticipada. Períodos de validez de cualesquiera de las anteriores menciones. Se hará constar que del precio total de la venta se deducirá cualquier cantidad que entregue el adquirente de una vivienda al vendedor antes de la formalización del contrato, salvo que conste de manera inequívoca que dicha entrega se realiza en otro concepto. Mención al derecho del consumidor a obtener, en su caso, una oferta vinculante de conformidad con lo previsto en la Ley de Crédito al Consumo.
(10)Documento con fecha de entrega de la vivienda, sus anejos, zonas comunes o elementos accesorios. Será válida la fecha en la que conste, al menos, el trimestre y el año.
(11)Documento de cargas y servidumbres que puedan pesar sobre la vivienda, sus instalaciones o accesos a la misma.
(12)Modelo contractual que vaya a utilizarse, sin incluir cláusulas que puedan contravenir la legislación estatal: Que el consumidor no soportará los gastos derivados de la titulación que correspondan al vendedor. El derecho del consumidor a la elección del notario. La posibilidad, en su momento, de cualquiera de los contratantes de compelerse recíprocamente para elevar a escritura pública la compraventa desde que hubiera intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su validez.
(13)Documento con referencia a la fase en la que se encuentran los trabajos y fecha prevista para su terminación. En el caso de que las viviendas estén siendo finalizadas y/o equipadas, en especial en lo relativo a cocinas, sistemas de acondicionamiento de aire, sistemas de agua caliente sanitaria y cualquier otra terminación o acabado.
(14)Documentación que acredite la recepción de la obra por el promotor, o con la fecha establecida para este requisito.
(15)Copia de licencias administrativas o actos administrativos equivalentes necesarios para la utilización u ocupación de la vivienda, sus anejos, zonas comunes y servicios accesorios y, en su caso, de cuáles no se dispone, añadiendo el compromiso de obtenerlas con la mayor diligencia posible.
(16)Datos identificadores de la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad, así como de sus cargas a la fecha de la facilitación de la información. En caso de no estar inscrita, se mencionará este dato expresamente, recogiéndose entonces los datos de inscripción del solar sobre el que se ha edificado la vivienda y sus cargas.
(17)En el caso de viviendas en régimen de propiedad horizontal, copia de los Estatutos y normas de funcionamiento de la Comunidad de Propietarios; información de los contratos de servicios y suministros de la Comunidad; su extracto de cuentas; la cuota de participación que corresponde a cada vivienda, así como la participación que les corresponda en los gastos generales.
(18)Libro del Edificio contemplado en el artículo 7 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, con el contenido establecido por la normativa vigente en materia de vivienda.
(19)Documentación de la constitución de los seguros a los que se refiere el artículo 19 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, indicando nombre de la entidad aseguradora, su domicilio y número de pólizas.
(20)Documento Informativo Abreviado (DIA).
La documentación descrita puede ser ampliada según nuevos procedimientos comerciales o requerimientos normativos.
Recuerde que en RegenteHomes no realizamos labores de asesoramiento legal, técnico o financiero. Nuestro ámbito de actuación se limita a la comercialización de bienes inmuebles, y a la prestación de los servicios RegenteHomes Options. Los conceptos mencionamos en el conjunto de websites suelen formar parte de la realidad del mercado, y sobre los mismos damos exclusivamente nuestra opinión. Los textos y comentarios publicados no deben entenderse como recomendaciones de venta, compra, inversión, arrendamiento o alquiler, pudiendo ser diferentes a las adecuadas para cada persona física o jurídica. Participar de cualquier modo en el mercado inmobiliario implica riesgos, incluyendo, pero no limitados a, importantes variaciones en el precio de los inmuebles, dificultad para vender o arrendar los mismos, y otros derivados de cambios en la economía local, nacional o internacional. En RegenteHomes siempre le recomendaremos consultar a abogados, economistas, y profesionales especializados en su ámbito de participación en el mercado inmobiliario y mercados financieros.
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